Derechos Humanos. Principios de Yogyakarta

1) El derecho al disfrute universal de los Derechos Humanos.

2) Los derechos a la igualdad y a la no discriminación.

3) El derecho al reconocimiento de la Personalidad jurídica.

4) El derecho a la vida.

5) El derecho a la seguridad personal.

6) El derecho a la privacidad.

7) El derecho de toda persona a no ser detenida arbitrariamente.

8) El derecho a un juicio justo.

9) El derecho de toda persona privada de su libertad a ser tratada humanamente.

10) El derecho de toda persona a no ser sometida a torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes.

11) El derecho a la protección contra todas las formas de explotación, venta y trata de personas.

12) El derecho al trabajo.

13) El derecho a la seguridad y a otras medidas de protección social.

14) El derecho a un nivel de vida adecuado.

15) El derecho a una vivienda adecuada.

16) El derecho a la educación.

17) El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud.

18) Protección contra abusos médicos.

19) El derecho a la libertad de opinión y de expresión.

20) El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

21) El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

22) El derecho a la libertad de movimiento.

23) El derecho a procurar asilo.

24) El derecho a formar una familia.

25) El derecho a participar en la vida pública.

26) El derecho a participar en la vida cultural.

27) El derecho a promover los Derechos Humanos.

28) El derecho a recursos y resarcimientos efectivos.

29) Quienes violen estos derechos humanos serán responsabilizados penalmente.

Identidad de Género. El aniversario de Yogyakarta es un recordatorio vigente y poderoso de lo que se puede perder y lo mucho que falta para garantizar una sociedad de libres e iguales

Por Leticia Kabusacki

Apenas un cuarto de siglo atrás, Kimberly Crenshaw mostraba en la academia legal californiana, en minoría, que no era suficiente pararse en la ribera de la discriminación por razones de género para entender (e incluso operar sobre el problema) la marginalización de las mujeres negras en Estados Unidos. De su teoría crítica del feminismo y el derecho, la “interseccionalidad”, no se podía salir intacto. Muchas confusiones e ideas interesantes se fueron armando desde esa idea en el feminismo y en los actores de derechos humanos, académicos, activistas, observadores. Aplicando estos cruces, al buen entendedor le aparecía una comprensión profunda de la discriminación y sus secuelas: no hay discriminaciones justas. Desde esta perspectiva, se busca entender y operar para prevenir y eliminar violaciones a los derechos humanos de una gran parte de la población mundial, pero a través de una lente más profunda que la matriz heterosexual (diría Butler) y factoreando la raza y la clase socioeconómica de las personas en riesgo. Es decir, para comprender la maraña de expulsiones a la que una persona puede verse sometida, aquello por lo que se vuelve vulnerable, incompleta, doliente o enojada a perpetuidad, o simplemente destinada a una prisión invisible en una vida que no puede reconocer como propia, debe vérsela entera. Cruzar su género, su raza o etnia, su clase social y económica, su orientación sexual y su identidad de género. Y después, mirándose el observador desde afuera hacia adentro y viceversa, buscar ese punto en la interseccionalidad propia y ajena y detectar si en nuestra vida diaria, personalmente o de reojo, se está más cerca o más lejos del fin del sexismo y de los sistemas sofisticados e interconectados que afectan a las personas por su orientación sexual o su identidad de género (una digresión: me atrevo a decir que afectan particularmente a las mujeres, cis o trans, pero lo dejamos para otra conversación). Ahora voy a Yogyakarta, es que quiero empezar al revés. ¿Por qué al revés? Porque los Principios de Yogyakarta, esa lista precisa y fundamental que complementa y clarifica el alcance y profundidad de los derechos humanos con la mirada puesta en la orientación sexual y la identidad de género, tendrá un mejor sentido cuando además de ser adoptada por los organismos internacionales y los Estados, sea apropiada por la sociedad, la ciudadanía, todos y todas. La sociedad civil (nunca más oportuno que ahora) tiene que liderar, somos todos y todas garantes de la ciudadanía plena y el disfrute de una vida libre de discriminación, amenazas, en fin, de indignidades. Por supuesto que el Estado tiene la responsabilidad de promover una conciencia y comprensión de los derechos humanos, todos. Me parece que ahora hay que reforzar el recordatorio. Los tratados internacionales de derechos humanos de los que la Argentina es parte están incorporados a la Constitución Nacional. La ley de    es un privilegio para este país y un modelo a seguir por el mundo, sobre todo cuando miramos cómo van socavando derechos en otras latitudes. Yogyakarta es un hito enorme. Es cierto que el acceso a la justicia es para las mujeres, cis o trans, todavía un santo grial. Imagino a partir de ahora mecanismos de exclusión más sofisticados, menos obvios. Pero también, habrá que construir observatorios más alertas, más activos y pensantes. Traigamos Yogyakarta a la Argentina una vez más, recordando los principios y el espíritu en la interpretación de derechos humanos para garantizar ciudadanías libres y plenas. Ampliemos el debate sobre cómo cuidar lo que está, cómo encarar cuestiones nuevas con los instrumentos existentes y hacer un inventario de lo que necesitaremos. Hay una ley de identidad de género y hay un nuevo código civil. Hay una idea todavía privilegiada de filiación que aunque no se exprese, es hija de esa matriz heterosexual. Si buscamos el centro de las intersecciones, será más fuerte el reclamo de acceso a la justicia. Los derechos humanos son un sistema. Se complementan y se interrelacionan. No hay jerarquías, los principios de Yogyakarta nos lo recuerdan, y así lo han tomado las Naciones Unidas, y el sistema Interamericano de Derechos Humanos. Habrá urgencias o heridas más abiertas que otras, pero las discriminaciones y las violaciones a los derechos humanos que generan nunca pueden mirarse aisladamente. La falta de trabajo por exclusión seguramente significará falta de vivienda digna, un alejamiento concreto del derecho a la salud, a la sexualidad, a la privacidad, y así pasaremos por casi todo el listado de derechos políticos, económicos, sociales. Así que no, no nos podemos distraer. Para mí, el aniversario de Yogyakarta es un recordatorio vigente y poderoso de lo que se puede perder y lo mucho que falta para garantizar una sociedad de libres e iguales. Y acá va Yogyakarta. Dice la Guía del Activista: “Los Principios son la promesa de un futuro diferente donde todas las personas nacidas libres e iguales en dignidad y derechos pueden satisfacer ese valioso derecho que adquieren al momento de nacer”. Y agrego: no es magia.

Principios de Yogyakarta. La inclusión de los derechos lgbti en una declaración de alcance mundial

Contra la vigilancia

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en identidad y derechos. Esto es un acuerdo internacional. Entonces, ¿por qué pronunciarse especialmente sobre lo mismo pero en relación a las personas lgbttti? La impunidad con la que desde los Estados y en los hábitos y costumbres de la vida cotidiana se mancilla la posibilidad de una vida digna, la persistencia de intervenciones médicas, psiquiátricas y legales sobre los cuerpos considerados raros, hicieron necesario este pronunciamiento en el marco del derecho internacional. Los Principios de Yogyakarta, conocidos así porque esa es la ciudad de Indonesia donde un grupo de activistas y especialistas del mundo los redactaron, sentaron las bases de cómo hoy las legislaciones del mundo visualizan la diferencia. Aquí, a diez años de su redacción, un análisis de su influencia y un panorama del lugar de la ciudadanía por encima y por abajo de las leyes.

La letra grande

Por Lohana Berkins


Los Principios de Yogyakarta son un valiosísimo instrumento que ha aportado a la comunidad nada menos que la inclusión de los derechos lgbti en una declaración de alcance mundial. Y esto a muchos los puso en un aprieto porque sabemos que hay países que pueden exhibir un avance en este sentido y hay muchos otros que no, al punto de que en esos lugares la orientación sexual y la identidad de género por fuera de la normativa están criminalizadas, y hasta pueden significar la muerte. Estos principios deben ser comprendidos pensando en un punto mayor, global, que es: el derecho no tiene sentido si no es conocido, entendido y usado por cualquier persona en cualquier lugar del mundo. No tiene sentido si los sujetos no sentimos que esos derechos están y que impactan en nuestras vidas. Porque más allá del recorte que puede significar el análisis netamente jurídico, legal, lo interesante es ver cómo las organizaciones de la diversidad hemos ido tomando esos principios para mostrar y para presionar en los contextos locales. La mención de la existencia de nuestros derechos incluso señala un gran déficit en la ONU, que jamás hizo mención alguna en sus convenciones a la diversidad (hay que recordar que los Estados no están obligados a cumplir con los Principios de Yogyakarta, sino que estos son –con todo el peso simbólico que esto implica- una sugerencia, un estándar. Se preguntará el lector o la lectora: entonces, ¿cuáles son estos derechos? Son derechos básicos que en general están garantizados en las Constituciones de los países del mundo. Derecho a la salud, a la vivienda, al trabajo, a la libertad de expresión, a la libre circulación. ¿Por qué fue necesaria la creación de este instrumento macro (y es necesaria la creación de muchos mas) para garantizar y ratificar estos derechos si ya están en la Constitución? ¿Por qué no alcanza con la Constitución? ¿Dónde se produce esa distancia entre el derecho que puede ejercer cualquier ciudadano, que se supone que es igual para todos, y la Justicia que se niega a reconocérselo a quien manifieste una identidad de género o una orientación sexual distinta de la heteronorma? ¿Por qué se produce ese vacío? Una de las características de la Justicia es su mirada binaria y heteronormativa basada en cuestiones pretendidamente morales. Suele suceder que los jueces anteponen su supuesta moral en un ámbito en el que lo que deberían hacer es simplemente garantizar un derecho y punto, y que a sus opiniones personales les den rienda suelta en sus casas. Los Principios de Yogyakarta han servido como un gran instrumento en países latinoamericanos. Nos han servido para difundir nuestros derechos, para orientar a jueces, juezas y operadores de justicia entregándoles una herramienta teórica que nos sirvió para señalarles: “Miren acá se produce una inequidad”. En todos los avances legislativos que tuvimos en estos años hemos citado a los Principios de Yogyakarta aun cuando estos no tenían una aceptación formal. También han servido para la discusión política: hemos podido poner al sujeto y sus desventajas en primera persona. Y sobre todo pensar: ¿en qué afecta el derecho o su falta? ¿Por qué la gente cuando piensa en estos temas los suele ver como cuestiones banales? ¿En qué me beneficia a mí en mi cotidianeidad, por ejemplo, tener un empleo digno en el que lo que importe sean mis capacidades y no mi identidad de género? Es difícil incluir esta perspectiva en las políticas públicas. Por ejemplo, ¿por qué cuando se construyen viviendas sociales nunca se piensa que puede haber una persona sola? Se prioriza a la mayoría, que son familias, y está bien, pero al ser la vivienda un derecho universal, ¿no deberíamos gozar todos de las mismas posibilidades?

Hay países por ejemplo en los que la homosexualidad está penada. Otros en los que están garantizados determinados derechos básicos para todos en la Constitución pero al mismo tiempo existen leyes menores para controlar la identidad de género y la orientación de las personas. Los edictos policiales de la Ciudad de Buenos Aires son un ejemplo de esto. En otros países nuestras identidades son usadas para el control de la inmigración. En Francia, por ejemplo, le preguntan a un musulmán que se quiere mudar ahí qué piensa de la homosexualidad. Este responde que es una aberración y entonces no lo dejan entrar. La paradoja es que Francia como Estado tampoco protege nuestros derechos. Del mismo modo cuando una trava quiere ir a otro país, se le aplica la presunción de que seguro es prostituta. Y se violan los derechos migratorios porque no es que simplemente te pueden mandar sin más a tu país si se les canta no dejarte entrar. Según normativas internacionales debe haber un proceso en el que además se te explique qué leyes internacionales supuestamente estás violando. De ahí la necesidad de tener un instrumento para pensar de qué hablamos cuando hablamos de derechos, a quién protegen y cómo opera la visión de clase de la justicia. Porque no nos olvidemos de que la justicia además de lenta es cara. Si la desmenuzamos de a poco, podremos ir llegando a la urdimbre del derecho y a la urdimbre de la justicia. ¿Qué pasaría si yo mañana quiero tener un hijo con un varón trans? ¿Le darían a él licencia por maternidad y a mí por paternidad? El hecho de que a nadie se le ocurra pensar en ese tipo de cosas da cuenta de esta urdimbre clasista y heterosexista. Porque para el universo acotadísimo del mundo judicial esta clase de realidades, que hoy se dejan ver cada vez más y más, siguen siendo un exotismo extraterrestre./ Página 12

La encíclica verde, un llamado contra los poderes económicos

EL PRONUNCIAMIENTO DE FRANCISCO SOBRE LA SITUACION AMBIENTAL EN EL PLANETA
Spiros Derveniotis

Spiros Derveniotis

En Laudato si, Bergoglio critica el modelo capitalista consumista y responsabiliza a los poderes económicos y los países desarrollados de gran parte de los desastres ecológicos.

Por Washington Uranga
“La tierra, nuestra casa, parece convertirse cada vez más en un inmenso depósito de porquería”, advierte el papa Francisco en su encíclica Laudato si (Alabado seas), sobre “el cuidado de la casa común”, difundida ayer en el Vaticano. El texto de 192 páginas en su versión española, presenta un análisis de la situación ambiental en el mundo, hace severas críticas al modelo capitalista consumista, responsabiliza a los poderes económicos y a los países desarrollados de gran parte de los desastres ecológicos, pero vinculando al mismo tiempo el tema central del cuidado del ambiente y de la naturaleza con la defensa de la vida y la dignidad de las personas, la pobreza y la exclusión en el mundo. En un texto escrito en primera persona, aunque retomando la tradición de la Iglesia y haciendo frecuentes referencias al magisterio de episcopados católicos de todo el mundo, el Papa se pregunta: “¿Qué tipo de mundo queremos dejar a quienes nos sucedan, a los niños que están creciendo?”

El documento es la primera encíclica exclusiva de Jorge Bergoglio, dado que la escritura de la anterior (Lumen fidei, 2013) había sido redactada en forma conjunta con su antecesor Benedicto XVI. La presentación del texto fue hecha ayer por la mañana en el Vaticano en una conferencia de prensa de la que participó el cardenal Peter Turkson, presidente del Pontificio Consejo Justicia y Paz. En la oportunidad, el prelado rescató el concepto de “ecología integral, que incorpora claramente las dimensiones humanas y sociales” presentes en el pronunciamiento papal y sostuvo que “no hay dos crisis separadas, la ambiental y la social, sino una misma crisis socioambiental y la solución pide abordar el problema de manera integral, incorporando a los excluidos”. Subrayó también “la íntima relación entre los pobres y la fragilidad del planeta y que todo está profundamente interconectado”.

La encíclica denuncia una relación directa entre destrucción del medio ambiente, pobreza y explotación económica y advierte que no sirve luchar contra uno de estos tres factores si no se atacan los otros. Al mismo tiempo, alza la voz contra la tecnificación obsesiva y un “falso humanismo” que, en el fondo, relega a la persona en beneficio de la máquina.

“Hoy no podemos dejar de reconocer que un verdadero planteo ecológico se convierte siempre en planteo social, que debe integrar la justicia en las discusiones sobre el ambiente, para escuchar tanto el clamor de la tierra como el clamor de los pobres”, se puede leer en un fragmento del documento que tiene seis capítulos y 246 párrafos, que concluyen con dos oraciones por la creación, una cristiana y una interreligiosa.

Reafirmando la íntima vinculación entre cuidado de la naturaleza y la realidad económica y social, el Papa sostiene que “los poderes económicos continúan justificando el actual sistema mundial, donde priman una especulación y una búsqueda de la renta financiera que tienden a ignorar todo contexto y los efectos sobre la dignidad y el medio ambiente”. Y en tono claramente acusador señala que “así se manifiesta que la degradación ambiental y la degradación humana y ética están íntimamente unidas”.

El texto papal incluye un mapa conceptual de la misma presentación señalando que para la elaboración se han tomado “los mejores conocimientos científicos disponibles en la materia”, retomando la tradición bíblica y judeocristiana para enriquecer la reflexión, y señalando que “las raíces del problema” están en la tecnocracia y en el excesivo repliegue autorreferencial del ser humano. A partir de allí el Papa refuerza la idea de que la cuestión ambiental está inseparablemente unida a las “dimensiones humanas y sociales” y propone emprender “un diálogo honesto” a todos los niveles de la vida social que hagan posibles alternativas de decisiones transparentes.

Francisco destaca “la íntima relación entre los pobres y la fragilidad del planeta, la convicción de que en el mundo todo está conectado, la crítica al nuevo paradigma y a las formas de poder que derivan de la tecnología, la invitación a buscar otros modos de entender la economía y el progreso, el valor propio de cada criatura, el sentido humano de la ecología, la necesidad de debates sinceros y honestos, la grave responsabilidad de la política internacional y local, la cultura del descarte y la propuesta de un nuevo estilo de vida”.

En el capítulo uno de la encíclica Francisco aborda el cambio climático (“es un problema global con graves dimensiones ambientales, sociales, económicas, distributivas y políticas”), la cuestión del agua (“el acceso al agua potable y segura es un derecho humano básico, fundamental y universal, porque determina la sobrevivencia de las personas, y por lo tanto es condición para el ejercicio de los demás derechos humanos”), la pérdida de la biodiversidad (cuando la intervención humana se pone al servicio de las finanzas y consumismo “hace que la Tierra en que vivimos se vuelva menos rica y cada vez más limitada y gris”), y la “deuda ecológica” para señalar que hay “responsabilidades diversificadas”, con mayores responsabilidades para los países de- sarrollados y una deuda del Norte en relación al Sur. En particular sobre el tema del agua, Francisco sostiene que “privar a los pobres del acceso al agua significa negarles el derecho a la vida radicado en su dignidad inalienable”.

En otra parte del documento, el Papa asegura que “el mercado por sí mismo no garantiza el desarrollo humano integral y la inclusión social”, que la ecología ambiental “es inseparable de la noción del bien común” que debe entenderse además en el contexto actual “donde hay tantas inequidades y cada vez son más las personas descartables, privadas de derechos humanos básicos”, todo lo cual, asegura Francisco, supone hacer opciones solidarias sobre la base de “una opción preferencial por los pobres”. Y advierte que “no hay conciencia clara de los problemas de los excluidos (…) que son la mayor parte del planeta” pero cuyos problemas “se plantean como un apéndice, como una cuestión que se añade casi por obligación, que se plantea de manera periférica, si es que no se la considera un mero daño colateral”. “La inequidad –dice el Papa– no afecta sólo a individuos, sino a países enteros y obliga a pensar una ética de las relaciones internacionales.”

Pavel Constantin

Pavel Constantin

Hay también una crítica directa a las cumbres mundiales sobre ambiente que “en los últimos años (…) por falta de decisión política no alcanzaron acuerdos realmente significativos y eficaces”. Y reclama un régimen de gobernanza global sobre los “bienes comunes globales” dado que “la protección ambiental no puede asegurarse solo en base al cálculo financiero de costos y beneficios” porque “el ambiente es uno de esos bienes que los mecanismos del mercado no son capaces de defender o de promover adecuadamente”.

Frente a todo esto, Francisco sostiene que “llama la atención la debilidad de la reacción política internacional; el sometimiento de la política ante la tecnología y las finanzas” en vista de que “la alianza entre la economía y la tecnología termina dejando afuera lo que no forme parte de sus intereses inmediatos”. Sin embargo, el Papa sostiene también que “la humanidad tiene aún capacidad de colaborar para construir nuestra casa común”, dado que “el ser humano es todavía capaz de intervenir positivamente” y “no todo está perdido, porque los seres humanos, capaces de degradarse hasta el extremo, pueden también superarse, volver a elegir el bien y regenerarse”.

Derecho humano al agua, mínimo vital y desarrollo sostenible

por Fernando López Alonso (*)

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El Informe 42/187 de la Comisión Mundial sobre el Me­dio Ambiente y el Desarrollo de la ONU de 1987 describe el desarrollo sostenible como la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Relacionando dicha definición con el agua, defiendo la conveniencia de garantizar la disponibilidad del líquido elemento a futuras generaciones a través del reconocimiento del derecho humano al agua y de la aprobación de un mínimo vital que garantice a la persona el poder disponer de la cantidad esencial de agua para colmar sus necesidades más vitales.

Tal y como se mencionará más adelante, el mínimo vital de una persona puede serle garantizado asegurándole tan solo 3 m3 de agua mensuales, cantidad que, de una parte, puede servir para satisfacer las necesidades más básicas del individuo (dándose así un mínimo cumplimiento al derecho humano al agua), y, de otra, suponer un uso racional del líquido elemento que posibilite el que se puedan atender las necesidades actuales y venideras de otros sectores de la sociedad (economía, medio ambiente, etc.).

El derecho humano al agua se ha incluido en los denominados derechos humanos emergentes, vinculados a nuevas necesidades surgidas de la evolución de la sociedad internacional[1], si bien existe quien niega que éste pueda ser considerado un verdadero derecho humano dado que es, nada más y nada menos, un interés que engloba, a su vez, diversos intereses de carácter social que podrían merecer protección[2].

A nivel internacional el derecho humano al agua se ha reconocido en diferentes ocasiones: así, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas (en su sesión celebrada en Ginebra en noviembre de 2002) en su observación general núm. 15 afirmó que El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico o la Asamblea General de Naciones Unidas, en la Resolución 64/292 de 28 de julio de 2010, reconoció que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos.

En la legislación española no se ha dado un reconocimiento explícito del derecho humano al agua. En este sentido hay quien se señala que resulta sorprendente, no tanto el que comience a hablarse de un «derecho humano al agua», sino el que no exista perfectamente positivizado en todos los ordenamientos[3]. A pesar de la falta de previsión expresa que reconozca este derecho, existen determinados artículos en la Constitución Española en los que puede entenderse incluido: el artículo 15 recoge el derecho fundamental a la vida y a la integridad física y moral, el artículo 43 reconoce el derecho a la protección de la salud o el artículo 45 explicita a su vez que todos los ciudadanos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

A pesar de que no haya un reconocimiento expreso al derecho humano al agua en la Constitución Española, ya en el siglo XIX la Ley de Aguas de 13 de junio de 1879, en su artículo 160, establecía que el abastecimiento de agua a la población resultaba preferente frente a cualquier otro uso (industrial, recreativo, etc.), preferencia que se mantuvo en el artículo 60 de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, y posteriormente en la norma que hoy en día se encuentra vigente, el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Esta última norma, en su artículo 60, establece que el abastecimiento de agua a la población es el uso que goza de preferencia absoluta, debiendo los Planes Hidrológicos de cuenca respetar en todo caso la supremacía del citado uso.

Una de las fórmulas que en los últimos tiempos se está promoviendo para asegurar el derecho humano al agua consiste en el reconocimiento a todo ciudadano del derecho a disponer del mínimo vital de agua, esto es, la cantidad mínima de agua que cada persona requiere consumir para atender sus necesidades más básicas.

A través de esta medida se pretende que el suministro de agua no sea interrumpido (a pesar de que el suministrado no pueda hacer frente al pago de la factura del agua) asegurándose una cantidad mínima para atender a sus necesidades más vitales. A este respecto puede destacarse la decisión adoptada por Medina Global, empresa municipal del Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz), por la que aprobó el establecimiento de un suministro mínimo vital de 3 m3 de agua por persona y mes a todos los usuarios del servicio de aguas, que se encuentren en situación de exclusión social o insolvencia económica, sin coste alguno para el usuario, siempre que esa situación personal o familiar esté debidamente justificada por los servicios sociales comunitarios.

Para quien suscribe no resulta preferible (al establecimiento del mínimo vital) la alternativa que ha sido expuesta en alguna ocasión por la que se defiende que debe ser la Administración correspondiente (a través de su Departamento de Servicios Sociales) quien afronte con medios públicos el pago del recibo del agua de aquellas familias sin recursos. Esta alternativa no considero que sea la más adecuada dado que se hace depender (el que el ciudadano pueda disfrutar de una cantidad mínima de agua) de la disponibilidad de medios económicos por la Administración afectada y/o de los cambios de criterio que puedan darse en los órganos de gobierno de dicha Administración.

El establecimiento de un mínimo vital para las necesidades más básicas de la persona garantiza el desarrollo sostenible de la sociedad presente y venidera dado que asegura una mínima calidad de vida para el ser humano armonizando la consecución del derecho humano al agua con el crecimiento económico y los valores medioambientales.

[1] Jaume Saura Estapà, El derecho humano al agua potable y al saneamiento en perspectiva jurídica internacional en “Derechos y libertades: Revista del Instituto Bartolomé de las Casas”, Nº 26, 2012, pg. 146.

[2] Samuel Rodríguez Ferrández, La protección jurídico-penal del agua, Dykinson, Madrid, 2013, pg. 59.

[3] Aniza Fernanda García Morales y Antonio de Cabo de la Vega, Principio de solidaridad y gestión del agua en España: hacia el derecho humano al agua en “El estado autonómico. Integración, solidaridad y diversidad”, Volumen II, Colex, Madrid, 2005, pg. 487.

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(*) Fernando López Alonso
Abogado especializado en Derecho de Aguas. Doctorando en Derecho (Universidad de Murcia). Master en Derecho de la Empresa (ICADE)

Trazo fino

Hace tiempo que el fundamentalismo (sobre todo el islámico) se encuentra en la mira de la izquierda y de la derecha. Todos nos unimos en su contra, con trazo grueso. Pero vale la pregunta: ¿qué individuos, qué particularidades son aplastados bajo ese rótulo? ¿Cuántas reflexiones, mea culpas y aberraciones se simplifican bajo el grito de “¡Soy Charlie!”?

hipocrisia

por Flavio Rapisardi


¿Je suis ou je ne suis pas Charlie? Desde el asesinato de doce personas por presuntas ofensas al Islam en la revista liberal de izquierda Charlie Hebdo, la sensibilidad media argentina —tan rápida al escozor ante el dolor de los demás (Susan Sontag dixit) mientras sean rubios, europeos, es decir, como dicta el imaginario tilingo que cree describirnos— reaccionó casi convocando a una nueva marcha para cantar La Marsellesa en la Recoleta. Facebook y Twitter fueron un campo minado: opiniones, debates y alguna puteada. Dejando de lado las teorías conspirativas, que de tan ficcionales ya no podemos dejar de sospechar sobre lo real que allí adviene (recordemos cómo la serie Rubicon, que relataba la participación de la NSA y agencias tercerizadas en supuestos atentados islámicos no fue soportada por espectador*s yanquis y fue levantada luego de 13 capítulos), repasemos opiniones, recorramos su historia, reubiquemos los sentidos que produce ese humor. Charlie Hebdo tiene una historia de crítica a todos los fundamentalismos religiosos: cristiano (en sus variantes), judío (en sus variantes), islámico (en sus variantes). También una clara posición pro vida, es decir pro aborto, ya que oponerse a la interrupción voluntaria del embarazo es condenar a muerte a millones de mujeres. En sus tapas y en sus páginas nadie duda de que circulaba un río de ironía “crítica” al decir de Richard Rorty bajo la forma del humor, ese ¿género? que cuesta tanto tratar de convertir en objeto de reflexión cuando grupos vulnerados son objeto de sus retóricas narrativas y visuales.

El chiste malo

Cuando googleé los ejemplares de Charlie Hebdo me vinieron a la memoria Satiricón y Humor, dos revistas que supieron colar palazos a la dictadura, pero que también reproducían un machismo y una discriminación hacia el colectivo lgbt que daba para preguntar: che muchach*s, ustedes de tan crític*s, ¿no sabían nada de Stonewall, el FLH, Perlongher, la persecución franquista a las maricas catalanas o las brutales palizas a gays y trans en las comisarías? La excusa del “contexto”, el “momento histórico” y similares ya me hartan: cuando distintos grupos son marcados, discriminados y hasta exterminados (a Daniel Feierstein le debemos estas reflexiones), no usemos a la “Historia” como blanco al que le endilgamos responsabilidad. En nuestras terapias sabemos que eso se llama neurosis y en la cultura, irresponsabilidad, cuando no fascismo.

Mientras mis dedos posteaban o tuiteaban por el tema, me acordé de un libro: La lengua del Tercer Reich. Apuntes de un filólogo, de Victor Klemperer. Lo cito textual, ya que en primera persona cuenta una situación que a él, como intelectual judío en la Alemania nazi, le tocó vivir: “Nos anotamos en una excursión sorpresa. Dos autobuses llenos, unas ochenta personas, el público más pequeño burgués imaginable… En Lübau, parada para tomar un café, con actuaciones cabaretísticas… El presentador empieza con un poema patético al líder y salvador de Alemania… La gente se mantiene en silencio, apática, y el aplauso de una sola persona al final… Luego, el hombre cuenta una historia… Una señora judía pide que le ondulen el pelo. ‘Lo siento, señora, pero no puedo.’ ‘¿Cómo que no puede?’ ‘¡Imposible! El Führer aseguró solemnemente en el boicot a los judíos, y eso sigue siendo válido a pesar de las leyendas negras que circulan por ahí, que en Alemania no se le debe tocar el pelo a ningún judío…’ Risas y aplausos durante minutos. ¿No puedo sacar una conclusión? ¿No son el chiste y su acogida importantes para cualquier análisis sociológico o político?” Fin de la cita.

Izquierda y derecha unidas

En este marco de posts y tuits, los liberalismos de izquierda y el ateísmo militante que festeja solsticios el 24 de diciembre sin saber que está reviviendo un rito mitraico, es decir, la religión de las sanguinarias y machistas legiones romanas, sostienen que está bien la crítica a todas las religiones y todos los fundamentalismos. Separemos, condición inicial de todo análisis. Nadie duda de la crítica a los fundamentalismos, ni que Charlie Hebdo les dio palos al catolicismo y al judaísmo ortodoxo, pero lo hizo en el marco de un país católico y en una geopolítica en la que Israel, ahora “Estado judío”, masacra pueblos sin ningún tipo de respeto a los derechos humanos. ¿Justifico aquí la ablación de clítoris y la burka? Bajo ningún concepto. Sólo me parece que hay que estar atent*s sobre qué se convierte en objeto de humor y qué no. ¿Hacemos humor con la bota o con el/la aplastad*? Las críticas de Charlie Hebdo contra el fundamentalismo islámico son necesarias; la pregunta es: ¿de qué modo esas críticas no refuerzan la conformación del Islam como la nueva barbarie contra la que se mide el Occidente “moderno”? ¿Se pueden leer las tapas de Charlie Hebdo donde critican todos los fundamentalismos en el mismo registro en el contexto (sí, contexto) actual?

Yo estuve en Ginebra con motivo de la revisión de la Conferencia de Durban, donde se revisaba la aplicación de la resolución que varios países, entre ellos el nuestro, habían suscripto en Sudáfrica. Allí, en el paquete edificio de las Naciones Unidas, vi cómo el bloque europeo, que hace rato quiere hacer naufragar esta conferencia (EE.UU. e Israel ya se fueron en su inauguración por no soportar la presencia palestina) porque su profundización implicaría, por ejemplo, avanzar con la reparación a Africa por las secuelas del sistema esclavista, se retiró del recinto cuando el delirante ex presidente iraní Mahmud Ahmadinejad iba a hacer uso de la palabra y Holanda, cabeza de la vanguardia de retiro, decía que no quería convalidar a un presidente “homofóbico”. ¡No en mi nombre, estimado continente! Sólo la presencia del bloque de América latina y el Caribe, Africa y Asia aseguraron que no cayeran las negociaciones de una conferencia enclenque, pero que es algo mejor que nada. Y al negacionista Mahmud le respondió el embajador argentino en su propia cara; no sólo atacó su antisemitismo y negacionismo de la Shoá sino que también nombró todas las formas de discriminación que la conferencia estaba dejando afuera: diversidad sexo-genérica, personas privadas de libertad, entre otras. ¡Eso es democracia, Europa!

La población lgbt y las mujeres no la pasan nada bien en algunos países islámicos. Tampoco en otras naciones de diversas religiones: el pentecostalismo africano quema putos vivos, y las africanistas que no permiten que mujeres o gays hagan su camino de Ifá, es decir, su consagración religiosa superior, compiten por el siniestro podio.

homofobia

 

Sólo basta recorrer los países donde todavía la pena de muerte pende sobre nosotr*s. Y como el imperialismo es hábil, creó un concepto que much*s suelen confundir con “derechos humanos”: me refiero a “human security”, concepto que abarca la vulneración de derechos de las mujeres, lgbt, “minorías” y otros grupos como pretextos para una invasión. Claro, pretexto: porque las razones son siempre la industria armamentista, el petróleo y otros recursos naturales.

matar fanatismo religião terrorismo

 

Esto es algo que Judith Butler, una intelectual que tuvo el coraje como intelectual judía, lesbiana y neoyorquina de entrar al BDS, es decir, a la iniciativa internacional de boicot a Israel, la que con su pluma implacable nos alerta que “los debates sobre la política sexual se asocian invariablemente a la política de las nuevas comunidades migrantes, puesto que se basan en las ideas fundacionales de cultura que precondicionan la asignación de derechos básicos”. Por esto no fue casual que en el año 2006 la candidata “socialista” Ségolène Royal y el derechista Nicolas Sarkozy cerraran filas políticas y dijeran que los disturbios de 2005, donde se quemaron coches por parte de jóvenes desempleados, fueran producto de un deterioro en la relaciones familiares entre los migrantes: todo un canto al más conservador de los familiarismos que Benedicto XVI consagró en sus exhortaciones apostólicas.

Butler no defiende el Islam así como critica al Estado judío. Pero muy inteligentemente nos advierte sobre los posibles usos de nuestros reclamos en una narrativa de una pretendida guerra de “civilizaciones”: ahora resulta que una institución misógina y machista como las fuerzas de seguridad tercerizadas de Guantánamo “resocializan” musulmanes varones, obligándolos a toqueteos mutuos y fellatios. O arrancan el velo a mujeres musulmanas en Abu Ghraib para hacer circular instantáneas que pretenden “comunicar” liberación. Los musulmanes están siendo configurados como el abyecto externo contra el cual el “moderno” Occidente justifica su superioridad mientras invade por recursos y reactiva su industria armamentista y de la construcción, y paralelamente convierte a las comunidades migrantes islámicas en el blanco del odio, ya que se las pretende mostrar como la “emasculación del Estado”. ¿Por qué ell*s deben gozar de derechos como la salud con nuestros impuestos? No sólo en la Argentina se debaten dos modelos. El capitalismo —que siempre está en crisis, pero nunca terminal como señala cierta izquierda— está en una nueva etapa de “culturización” en la que a mujeres y a l*s lgbti se nos pretende convertir en signos de una nueva evangelización modernizadora. Butler, alertando sobre las conquistas de nuestros colectivos como un paraíso encarnado para siempre, nos alerta a pensar “ahora” para que nuestra libertad no sea parte de una cultura que sancione formas de abyección y de odio de un Occidente tan monstruoso para tant*s. Por eso, ahora, no en mi nombre. Je ne suis pas Charlie.